Entrega y devoluciones

1. ENTREGA Y TRANSPORTE

1. El Vendedor entrega las mercancías indicadas por sus propios medios, a través de transportistas, o el Comprador recibe las mercancías directamente del Vendedor, según acuerden individualmente las Partes.

2. En el caso de una operación internacional, el método de entrega, incluido el momento en que el riesgo se transmite al Comprador, se especificará en la Confirmación del Pedido, en la correspondencia electrónica o en el acuerdo celebrado entre las partes, de conformidad con los Incoterms 2010.

3. Tanto en el caso de entregas dentro de Polonia como fuera de ella, los costes de entrega se añadirán cada vez al precio final y se especificarán en la Confirmación del Pedido y en la factura. El Comprador asumirá todos los costes relacionados con el transporte, la entrega y su organización.

4. En el caso de operaciones nacionales, al entregar las mercancías al transportista o al Comprador, todos los riesgos relacionados con las mercancías, incluidos los derivados de Fuerza Mayor, pasarán al Comprador.

5. Si el Comprador recoge las mercancías con sus propios medios de transporte, la transmisión al Comprador de los beneficios y cargas asociados a las mercancías, así como del riesgo de pérdida o daño accidental de estas, tendrá lugar cuando las mercancías salgan del almacén del Vendedor.

6. Al recibir las mercancías, el Comprador está obligado a comprobar y confirmar mediante su firma, en presencia del conductor, que las mercancías cumplen con el pedido en cuanto a cantidad y calidad. Cualquier discrepancia deberá quedar registrada. Al recibir las mercancías, el Comprador está obligado a comprobar su calidad, cantidad, estado y peso, así como su conformidad con los documentos de transporte, formular cualquier objeción y presentar una reclamación al transportista y, si fuera necesario, emprender las acciones legales pertinentes contra este dentro del plazo establecido por la ley. Además, el Comprador notificará inmediatamente al Vendedor cualquier reclamación y discrepancia de este tipo.

7. Se supone que la persona que recoge las mercancías en nombre del Comprador está debidamente autorizada para realizar esta actividad. El Comprador está obligado a autorizar cada vez a su representante que recoge las mercancías tanto para recogerlas como para formular cualquier objeción al respecto.

8. La recepción de las mercancías sin objeciones se considerará una entrega correcta por parte del Vendedor y del transportista.

9. El plazo de entrega se contará desde la fecha de la Confirmación del Pedido. Los plazos de entrega de las mercancías solicitadas se especifican en la Confirmación del Pedido o en la Factura.

10. El plazo de entrega se considerará cumplido por el Vendedor si las mercancías salieron del almacén antes de que expirara el plazo acordado por las partes o si se notificó al Comprador que las mercancías estaban listas para su recogida antes del plazo de entrega acordado. Si el envío o la recogida se retrasan por motivos imputables al Comprador, el envío de la notificación de que las mercancías están listas para su despacho o recogida, realizado antes de que expire el plazo acordado por las partes, se considerará cumplimiento del plazo de entrega.

11. El Vendedor no será responsable de la falta de entrega de las mercancías en la fecha indicada en la Confirmación del Pedido si esta no se debe a negligencia grave del Vendedor o a fuerza mayor, entendida como circunstancias ajenas al control del Vendedor, especialmente en caso de: huelga, obstáculos en el transporte (por ejemplo, cierres fronterizos o problemas en las terminales aeroportuarias), suministros retrasados, defectuosos o incompletos de materiales solicitados a proveedores o contratistas responsables de las mercancías, interrupciones en el suministro eléctrico o dificultades similares por parte del Vendedor o de sus proveedores/contratistas, entre otras.

12. Un retraso en la entrega no superior a 21 días no se considerará un incumplimiento del plazo de entrega que faculte para desistir del contrato o reclamar daños y perjuicios.

13. Si se supera el plazo de entrega en más de 60 días, ambas partes de la operación tendrán derecho a desistir del contrato. El Comprador que ejerza el derecho de desistimiento no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna si el motivo del retraso fue una de las circunstancias especificadas en el § 3 de las CGC. Si el contrato prevé la entrega de las mercancías por partes, cualquier desistimiento del contrato se aplicará únicamente a la parte de la prestación cuyo plazo se haya retrasado, y no a la parte de esta que se entregue posteriormente.

14. Sin perjuicio de lo anterior, el Vendedor no será responsable de las penalizaciones contractuales pagaderas a los contratistas del Comprador ni de otras reclamaciones formuladas por los contratistas del Comprador contra este debido al retraso del Vendedor en la entrega de las mercancías.

 

 

2. DEVOLUCIÓN DE LAS MERCANCÍAS

1. El Comprador no tendrá derecho a desistir del contrato, incluida la devolución de los bienes, salvo en los casos previstos en estas CGC. El Comprador podrá devolver los bienes adquiridos con el consentimiento expreso y por escrito del Vendedor y conforme a los acuerdos individuales entre el Comprador y el Vendedor, asumiendo el Comprador todos los costes y riesgos de la devolución de los bienes.

2. En el caso descrito anteriormente, el Vendedor podrá aceptar los bienes mediante el procedimiento de devolución, si se cumplen acumulativamente las siguientes condiciones:

a) los bienes sean entregados por el Comprador, por cuenta y riesgo de este, a más tardar 14 (en palabras: catorce) días después de la fecha documentada de su entrega;

b) los bienes devueltos no hayan sido utilizados por el Comprador ni por un Tercero y sean entregados al Vendedor por el Comprador en el estado en que fueron originalmente entregados, recogidos o entregados al Comprador, con todos los elementos que se le entregaron;

c) ninguno de los elementos con los que se entregaron los bienes presente signos de uso o daños;

d) los bienes devueltos estén acompañados de los documentos originales con los que fueron entregados al Comprador;

e) los bienes o sus componentes no hayan sido objeto de un pedido especial del Comprador (pedido inusual).

 

3. GARANTÍAS POR DEFECTOS

1. El Vendedor otorga una garantía sobre los bienes vendidos, conforme a las condiciones detalladas en la Tarjeta de garantía.

2. Queda completamente excluida la responsabilidad del Vendedor en virtud de la garantía legal por defectos físicos y jurídicos de los bienes vendidos. Por tanto, quedan excluidos los derechos y plazos derivados de la garantía legal, en particular el derecho a desistir del contrato y a solicitar la sustitución de los bienes por otros nuevos.

3. El Comprador solo tendrá derecho a las reclamaciones derivadas de la Tarjeta de garantía.

4. Queda excluida cualquier responsabilidad del Vendedor distinta de la expresamente prevista en el Contrato, las CGC y la tarjeta de garantía; en particular, el Vendedor no será responsable de los daños o pérdidas del Comprador causados por los bienes adquiridos o relacionados con estos. Por tanto, el Vendedor no será responsable de los beneficios ni las ganancias dejados de obtener por el Comprador en relación con los bienes, sus defectos o cualquier otro servicio del Vendedor.

5. Las normas para presentar y examinar reclamaciones en virtud de la garantía se establecen en la «Tarjeta de garantía», disponible en el sitio web del Vendedor.