Condiciones generales de venta para clientes en Polonia y fuera de Polonia
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CONDICIONES GENERALES DE VENTA RELATIVAS A CLIENTES EN POLONIA Y FUERA DE POLONIA (en lo sucesivo, las «CGV») |
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1. DISPOSICIONES GENERALES |
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1. Las siguientes condiciones de venta se aplican a todos los contratos de compraventa celebrados por la empresa Fortador K.A. Traczyńscy Spółka jawna z siedzibą w Sękocinie Starym (domicilio: Al. Krakowska 108, 05-090 Sękocin Stary), inscrita en el registro de empresarios del Registro Judicial Nacional, administrado por el Tribunal de Distrito de Varsovia, XIV División Mercantil del KRS, con el número KRS: 0000405994, número NIP: 5222993464, número REGON: 145946377 (en lo sucesivo, el «Vendedor»). |
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2. Las CGV constituirán parte integrante de cada contrato de compraventa. Las CGV constituirán la única fuente de las reclamaciones de cualquiera de las partes. El contrato de compraventa podrá contener disposiciones adicionales o diferentes de las especificadas en las CGV. Cualquier modificación o corrección de estas CGV requerirá el consentimiento del Vendedor por escrito o por correo electrónico, bajo pena de nulidad. Si se introducen disposiciones adicionales o diferentes en el contrato de compraventa, las CGV se aplicarán en la medida en que las disposiciones introducidas en el contrato no establezcan lo contrario; en particular, en caso de discrepancias o diferencias entre estas CGV y las condiciones específicas previstas en otros documentos del Vendedor dirigidos al Comprador (Confirmación del pedido y Factura), prevalecerán las CGV. |
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3. La realización de un pedido por parte del Comprador -de la manera prevista en estas CGV- constituirá asimismo una declaración del Comprador de que ha leído estas CGV y las acepta. El Comprador está obligado a cumplir las CGV al celebrar una transacción con el Vendedor, salvo que presente al Vendedor una negativa por escrito antes de celebrar la transacción. En tal caso, el Vendedor se reserva el derecho a negarse a celebrar la transacción si el Comprador no acepta las condiciones de las CGV. |
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4. Las referencias a estas CGV se indicarán en cada factura emitida por el Vendedor; en particular, el Vendedor indicará en la factura las CGV aplicables al contrato de compraventa al que se refiere la factura. |
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5. Las disposiciones de estas CGV no se aplicarán si el Comprador es una persona física que adquiere bienes para un fin no relacionado con su actividad empresarial o profesional. |
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6. El Vendedor publica las CGV para el Comprador en el sitio web: www.fortador.com. Si el Comprador mantiene relaciones comerciales permanentes con el Vendedor, la aceptación de las CGV para un pedido se considerará asimismo su aceptación para todos los demás pedidos o contratos de compraventa. |
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7. Las ofertas, los anuncios y demás comunicaciones relativas a los productos ofrecidos por el Vendedor tienen únicamente carácter informativo. |
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2. REALIZACIÓN Y CONFIRMACIÓN DE PEDIDOS |
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1. Los pedidos se realizarán por escrito o mediante |
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2. El pedido realizado por el Comprador deberá contener: nombre completo del Comprador y número de NIP (en el caso de una entidad de fuera de Polonia con domicilio social en otro país de la UE: número de IVA de la UE - VIES), dirección del Comprador - datos necesarios para la factura del IVA, objeto del pedido (nombre y número de catálogo del producto), número de unidades del producto con su número de catálogo individual, precio neto y bruto, lugar de entrega, plazo de ejecución del pedido, condiciones de pago, posibles observaciones adicionales y firma de la persona autorizada para realizar el pedido, así como el número de oferta del Vendedor, si el Comprador ha recibido dicha oferta. El Comprador también indicará la dirección de correo electrónico para la correspondencia. Todas las notificaciones realizadas a la dirección de correspondencia del Comprador (correo electrónico) serán efectivas. |
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3. Del mismo modo, el Comprador especificará los requisitos relativos a los parámetros técnicos y de calidad, así como las declaraciones de conformidad y los certificados, en la solicitud de oferta o en el pedido, si se realiza. |
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4. Si los datos del Pedido no se corresponden con la oferta vigente del Vendedor, la lista de precios, las condiciones de entrega de los productos, los plazos de entrega, etc., el Vendedor enviará por escrito o por correo electrónico la "Confirmación del Pedido", que contendrá los detalles modificados del pedido. Una vez que el Comprador acepte dichas modificaciones del Pedido, el nuevo Pedido constituirá la base para la entrega de los productos especificados en él. |
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5. El Pedido será vinculante únicamente después de la confirmación del Vendedor, enviada por escrito o por correo electrónico (Confirmación del Pedido); por acuerdo de las partes, un mensaje recibido por correo electrónico se considera una prueba de una transacción comercial entre empresarios. Artículo 661 El § 1 de la Ley de 23 de abril de 1964 - Código Civil (polaco) no se aplicará a los contratos de compraventa celebrados en virtud de estas CGV. |
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6. La falta de aceptación y confirmación del pedido por parte del Vendedor no constituirá el consentimiento implícito del Vendedor para la celebración del contrato ni constituirá un incumplimiento de las disposiciones de otros contratos de compraventa celebrados entre el Vendedor y el Comprador. |
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7. Toda la información distinta de la incluida en la oferta dirigida al Comprador o en la Confirmación del Pedido, en particular los precios, la disponibilidad del surtido y los plazos de entrega, se proporciona únicamente a título informativo y no constituirá una oferta en el sentido de la Ley de 23 de abril de 1964 - Código Civil (polaco). |
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8. Si el Vendedor presenta al Comprador una oferta para vender las mercancías, el Comprador deberá aceptarla dentro del plazo especificado en la oferta para que esta sea vinculante para el Vendedor. |
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9. Los pedidos serán realizados por las personas autorizadas para ello (indicadas en el registro correspondiente o que dispongan del poder o autorización pertinentes). |
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10. Al realizar un pedido, el Comprador acepta en cada ocasión las CGV. |
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11. En el caso de clientes de fuera de Polonia o de pedidos de tipos especiales de mercancías, el Vendedor podrá solicitar el pago de una cantidad específica equivalente a un porcentaje del pedido, que el Comprador deberá abonar antes de la ejecución del pedido. Esta cantidad constituirá un anticipo en el sentido del artículo 394 de la Ley de 23 de abril de 1964 - Código Civil (polaco). En caso de ejecución del contrato, el anticipo se imputará a la remuneración adeudada por el pedido realizado por el Vendedor. En caso de desistimiento del Pedido por parte del Comprador o de incumplimiento del contrato por parte del Comprador, el Vendedor podrá conservar el anticipo. Queda excluido el derecho del Vendedor a exigir el doble del importe del anticipo en caso de incumplimiento por parte del Vendedor. |
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12. En caso de que, tras la Confirmación del Pedido, se produzca un impedimento difícil de eliminar debido a Fuerza Mayor, el Vendedor podrá, sin responsabilidad alguna, cancelar o suspender total o parcialmente el cumplimiento de su obligación. Por Fuerza Mayor se entenderá cualquier acontecimiento que no hubiera podido preverse pese a haber actuado con la debida diligencia. |
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13. El Vendedor se reserva el derecho de realizar cambios en sus mercancías sin previo aviso al Comprador, incluidas las mercancías objeto del pedido; en particular, el Vendedor se reserva el derecho de realizar cambios en el diseño de las mercancías fabricadas (dispositivos, máquinas, elementos y componentes), así como otros cambios justificados, en particular por el progreso tecnológico, que no reduzcan la calidad de las mercancías solicitadas por el Comprador. |
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14. En caso de que el Comprador solicite un examen de calidad de las mercancías, este se llevará a cabo únicamente en la sede del Vendedor antes de la liberación de las mercancías. Los costes del examen correrán a cargo del Comprador. Si, como resultado del examen, el Comprador cuestiona la calidad de las mercancías, se designará a un perito. Los costes del peritaje correrán a cargo de la parte cuyas reclamaciones no sean respaldadas por el perito. El perito será indicado por el Vendedor. |
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15. En caso de que el Comprador solicite un examen de calidad que vaya más allá de los datos contenidos en el certificado estándar, el examen se realizará únicamente en las instalaciones del Vendedor y correrá a cargo del Comprador. |
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3. ENTREGA Y TRANSPORTE |
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1. El Vendedor entrega los productos indicados por sus propios medios, a través de transportistas, o el Comprador recibe los productos directamente del Vendedor, según lo acordado individualmente por las Partes. |
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2. En el caso de una transacción internacional, el método de entrega, incluido el momento en que el riesgo se transfiere al Comprador, se especificará en la Confirmación del Pedido, en la correspondencia electrónica o en el acuerdo celebrado entre las partes, conforme a los Incoterms 2010. |
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3. Tanto en el caso de entregas dentro como fuera de Polonia, los costes de entrega se añadirán en cada ocasión al precio final y se especificarán en la Confirmación del Pedido y en la factura. El Comprador asumirá todos los costes relacionados con el transporte, la entrega y su organización. |
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4. En el caso de transacciones nacionales, tras la entrega de los productos al transportista o al Comprador, todos los riesgos relacionados con los productos, incluidos los derivados de Fuerza Mayor, pasarán al Comprador. |
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5. Si el Comprador recoge los productos con sus propios medios de transporte, la transferencia al Comprador de los beneficios y cargas asociados a los productos, así como del riesgo de pérdida o daño accidental de los productos, tendrá lugar cuando los productos salgan del almacén del Vendedor. |
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6. Al recibir los productos, el Comprador está obligado a comprobar y confirmar mediante su firma, en presencia del conductor, que los productos cumplen el pedido en cuanto a cantidad y calidad. Cualquier discrepancia deberá quedar registrada. Al recibir los productos, el Comprador está obligado a comprobar su calidad, cantidad, estado y peso, así como su conformidad con los documentos de transporte, presentar cualquier objeción y formular una reclamación al transportista y, si fuera necesario, emprender las acciones legales pertinentes contra el transportista dentro del plazo establecido por la ley. Además, el Comprador deberá notificar inmediatamente al Vendedor cualquier reclamación y discrepancia de este tipo. |
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7. Se supone que la persona que recoge los productos en nombre del Comprador está debidamente autorizada para realizar esta actividad. El Comprador está obligado, en cada ocasión, a autorizar a su representante que recoge los productos tanto para recogerlos como para presentar cualquier objeción al respecto. |
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8. La recepción de los productos sin objeciones se considerará una entrega correcta por parte del Vendedor y del transportista. |
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9. Los plazos de entrega se cuentan a partir de la fecha de la Confirmación del Pedido. Los plazos de entrega de los productos solicitados se especifican en la Confirmación del Pedido o en la factura. |
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10. El plazo de entrega se considerará cumplido por el Vendedor si los productos salieron del almacén antes de que expirara el plazo acordado por las partes o si se notificó al Comprador que los productos estaban listos para su recogida antes del plazo de entrega acordado. Si el envío o la recogida se retrasaron por motivos atribuibles al Comprador, el envío de la notificación de que los productos están listos para su expedición o recogida, realizado antes de que expirara el plazo acordado por las partes, se considerará cumplimiento del plazo de entrega. |
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11. El Vendedor no será responsable de la falta de entrega de los productos en la fecha indicada en la Confirmación del pedido si esta no se debe a negligencia grave del Vendedor o a Fuerza Mayor, entendida como circunstancias fuera del control del Vendedor, en particular en los casos de: huelga, obstáculos en el transporte (por ejemplo, interrupciones en las fronteras, problemas en las terminales aeroportuarias), suministros retrasados, defectuosos o incompletos de materiales solicitados a proveedores o contratistas responsables de los productos, interrupciones en el suministro de electricidad o dificultades similares por parte del Vendedor o de sus proveedores/contratistas, entre otros. |
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12. Un retraso en la entrega no superior a 21 días no se considerará un incumplimiento del plazo de entrega que faculte para resolver el acuerdo o reclamar daños y perjuicios. |
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13. Si se supera el plazo de entrega en más de 60 días, ambas partes de la transacción tendrán derecho a resolver el acuerdo. El Comprador que ejerza el derecho de resolución no tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios si el motivo del retraso fue una de las circunstancias especificadas en el § 3 de las CGC. Si el acuerdo establecía la entrega de los productos por partes, cualquier resolución del acuerdo se aplicará únicamente a la parte de la prestación cuyo cumplimiento se haya retrasado, y no a la parte entregada posteriormente. |
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14. Sin perjuicio de lo anterior, el Vendedor no será responsable de las penalizaciones contractuales adeudadas a los contratistas del Comprador ni de otras reclamaciones formuladas contra el Comprador por sus contratistas debido al retraso del Vendedor en la entrega de los productos. |
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4. PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO |
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1. El precio de los productos solicitados y los plazos de pago se especifican en la Confirmación del pedido o en el acuerdo celebrado entre el Vendedor y el Comprador. |
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2. Todos los precios se muestran netos, sin incluir el IVA, que se calculará al tipo vigente. |
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3. En el caso de entregas internacionales (ICS y Exportación), todos los precios se considerarán precios netos que no incluyen ningún importe ni impuesto adeudado por el Comprador en el país de destino. |
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4. El Comprador que tenga su domicilio social en un Estado miembro de la UE declara que es sujeto pasivo del IVA y por la presente autoriza al Vendedor a emitir una factura con IVA sin la firma del Comprador. |
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5. El Comprador que tenga su domicilio social en un Estado miembro de la UE sin un número de identificación a efectos del IVA de la UE recibirá una factura con el IVA soportado por el importe correspondiente al tipo de IVA vigente en el país del proveedor, es decir, en Polonia. |
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6. Si no se cobra IVA por el suministro al Comprador en un Estado miembro de la Unión Europea, el Comprador deberá proporcionar inmediatamente, previa solicitud del Vendedor, los documentos pertinentes que este requiera de conformidad con las leyes o normativas nacionales o de la Unión Europea, en particular en materia de IVA, para presentar a las autoridades fiscales un certificado de exención tributaria. Esta disposición se aplicará, en particular, a los documentos que confirmen la introducción de las mercancías en otro Estado miembro de la Unión Europea, el número de identificación fiscal o la exención fiscal personal del Comprador. |
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7. Los precios indicados en la oferta general de bienes y servicios del Vendedor no son vinculantes y están sujetos a cambios. Los precios pueden no reflejar, o no reflejar necesariamente, los cambios actuales en los precios de los bienes derivados de variaciones en los precios de las materias primas y los productos básicos, así como de las fluctuaciones monetarias, salvo que las partes acuerden lo contrario. A efectos del cálculo del precio final de compra, solo serán determinantes los datos contenidos en los documentos emitidos por el Vendedor, en particular la Oferta presentada por el Vendedor, la Confirmación del Pedido y la factura emitida por el Vendedor. En caso de discrepancia, será vinculante el precio indicado en la factura emitida por el Vendedor. |
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8. El precio no incluye los costes adicionales relacionados con la venta o la entrega de las mercancías, incluidos los costes derivados de las exigencias especiales del Comprador en cuanto al medio de transporte (por ejemplo, envío urgente, correo aéreo, etc.). El Comprador estará obligado a organizar la recepción de las mercancías, incluido el desembalaje, la preparación del equipo adecuado (grúas en el caso de las mercancías de mayor tamaño, es decir, maquinaria) y del personal competente necesario para permitir al Comprador montar las mercancías. Estos costes correrán íntegramente a cargo del Comprador, salvo que las partes acuerden lo contrario por escrito. |
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9. El plazo de pago se indicará en la factura emitida por el Vendedor. |
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10. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta bancaria del Vendedor: PL52 1020 1013 0000 0102 0359 3928 (EUR) o PL34 1020 1013 0000 0602 0359 3910 (USD). La fecha de pago será la fecha en la que se abone el importe en la cuenta bancaria del Vendedor. |
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11. El Vendedor se reserva el derecho a exigir al Comprador las garantías de pago que considere adecuadas, y el Comprador estará obligado a proporcionar dichas garantías al Vendedor, so pena de que no se complete la transacción. |
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12. No se aplicarán descuentos sin el consentimiento previo del Vendedor, otorgado por escrito o electrónicamente. |
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13. El Comprador no tendrá derecho a compensar sus deudas recíprocas, salvo que dichas deudas hayan sido reconocidas mediante una resolución judicial firme y legalmente válida. |
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14. El Vendedor tendrá derecho a abstenerse de ejecutar el acuerdo o a desistir del contrato después de ser informado de lo siguiente: a) mala situación financiera del Comprador; b) que el Comprador inicie la liquidación de su empresa o de una parte sustancial de esta; c) amenaza de insolvencia del Comprador; d) presentar una solicitud de declaración de quiebra o de apertura de un procedimiento de reestructuración; e) establecer una administración forzosa de la empresa del Comprador; f) presentar una solicitud de baja del registro pertinente de entidades empresariales o, en el caso de unidades organizativas y sociedades personalistas: adoptar un acuerdo de disolución de la entidad.
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15. Las partes podrán acordar condiciones de pago y entrega de las mercancías distintas de las previstas en estas CGC. |
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16. A falta de instrucciones específicas, las facturas de las mercancías se emitirán a nombre del Comprador. Todos los costes en que incurra el Vendedor como consecuencia de ello, incluida la pérdida de beneficios, podrán refacturarse al Comprador. |
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17. El Comprador podrá ceder sus créditos frente al Vendedor a otras entidades, siempre que obtenga el consentimiento escrito del Vendedor, bajo pena de nulidad. |
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5. FALTA DE PAGO |
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1. En caso de pago de las mercancías antes de la entrega, el Vendedor tendrá derecho a abstenerse de ejecutar el contrato hasta que el Comprador haya liquidado las cantidades adeudadas. En tal caso, el incumplimiento de sus obligaciones por parte del Vendedor no constituirá un incumplimiento del contrato por parte del Vendedor; en particular, no dará lugar a ninguna responsabilidad por los daños sufridos por el Vendedor ni facultará al Comprador para resolver el contrato. Hasta la fecha en que el Comprador liquide las cantidades adeudadas al Vendedor, quedarán suspendidos los plazos para el cumplimiento del contrato por parte del Vendedor. |
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2. Hasta el pago del precio indicado en el pedido o en la factura, el Vendedor se reserva (en la factura, oferta o Confirmación del Pedido) que las mercancías sigan siendo propiedad del Vendedor - reserva de dominio. Del mismo modo, en caso de una venta con pago aplazado, el Vendedor se reserva que las mercancías sigan siendo de su propiedad hasta la fecha en que el Comprador haya liquidado todas las cantidades adeudadas al Vendedor, incluidos los importes accesorios. En este caso, los beneficios y cargas asociados a las mercancías, así como el riesgo de pérdida o daño accidental de las mercancías, correrán a cargo del Comprador desde el momento que resulte del método de entrega, es decir, de conformidad con el § 3 de las CGC. |
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3. Hasta que la propiedad de las mercancías no se haya transferido al Comprador, este no podrá disponer del objeto del contrato de compraventa (las mercancías) ni permitir que terceros lo utilicen en virtud de ningún acuerdo. Sin el consentimiento escrito del Vendedor, no estará permitido constituir una prenda sobre las mercancías ni celebrar acuerdos sobre la transferencia de su propiedad en garantía. |
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4. Mientras la propiedad de los productos no se haya transferido al Comprador, este estará obligado a mantenerlos en buen estado y, en caso de defecto (avería), a solicitar inmediatamente el servicio técnico para realizar las reparaciones necesarias. |
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5. Si la legislación del país en el que se encuentran los productos objeto de la compraventa no contempla la reserva de dominio, pero permite al Vendedor ejercer otros derechos en relación con dichos productos, el Vendedor podrá ejercerlos. El Comprador estará obligado a realizar, por su cuenta, todas las acciones necesarias para mantener o hacer efectiva la reserva de dominio u otros derechos mencionados anteriormente. |
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6. Si el Comprador está en mora respecto del pago de cualquier deuda derivada de otros contratos entre el Vendedor y el Comprador, el Vendedor podrá abstenerse de ejecutar total o parcialmente el contrato hasta que el Comprador haya saldado todas las cantidades adeudadas al Vendedor, sin incurrir en retraso ni mora. |
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7. En caso de retraso o falta de pago por parte del Comprador, el Vendedor podrá reclamar -entre otros derechos previstos por la ley y por estas CGC- el pago de intereses legales por mora sobre cada pago, así como cualquier otro coste adicional relacionado con la ejecución del pedido. |
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6. ENTREGAS NO RECOGIDAS |
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1. El Comprador no está autorizado a rechazar la recepción de los productos debido a defectos menores o insignificantes. Se considera defecto significativo aquel que impide utilizar el producto para el fin previsto. |
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2. Si el Comprador no recoge los productos o se niega a aceptarlos dentro del plazo especificado, el Vendedor tendrá derecho a depositar los productos en el almacén por cuenta y riesgo del Comprador y a exigirle el reembolso de los costes de transporte. |
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3. En caso de depositar los productos en el almacén del Vendedor debido a la falta de recepción de los productos o a su rechazo dentro del plazo especificado, el Comprador estará obligado a pagar al Vendedor una remuneración (tarifa por almacenamiento de los productos) de 200,00 PLN (en palabras: doscientos 00/100) netos por cada día de almacenamiento. |
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4. Si el retraso en la recogida de los productos del almacén del Vendedor supera el plazo de 14 (en palabras: catorce) días desde la fecha en que los productos se hayan puesto a disposición del Comprador (listos para su recogida / entrega), o si el Comprador se niega a aceptar los productos del Vendedor, el Vendedor tendrá derecho a rescindir el contrato o vender los productos por cuenta y riesgo del Comprador. |
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5. El Vendedor, en los casos previstos en esta sección (apartado), tendrá derecho a retener íntegramente el pago anticipado destinado al cumplimiento de un pedido. |
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7. DEVOLUCIÓN DE LOS PRODUCTOS |
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1. El Comprador no tendrá derecho a desistir del contrato, incluida la devolución de los bienes, salvo en los casos previstos en estas CGV. El Comprador podrá devolver los bienes adquiridos con el consentimiento expreso y por escrito del Vendedor y de conformidad con los acuerdos individuales entre el Comprador y el Vendedor, asumiendo el Comprador todos los costes y riesgos de la devolución de los bienes. |
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2. En el caso descrito anteriormente, el Vendedor podrá aceptar los bienes mediante el procedimiento de devolución si se cumplen acumulativamente las siguientes condiciones: a) los bienes sean entregados por el Comprador por cuenta y riesgo de este, a más tardar 14 (en palabras: catorce) días después de la fecha documentada de su entrega; b) los bienes devueltos no hayan sido utilizados por el Comprador ni por un Tercero y sean entregados al Vendedor por el Comprador en el estado en que fueron originalmente entregados, recogidos o entregados al Comprador, con todos los elementos que los acompañaban; c) ninguno de los elementos con los que se entregaron los bienes presente signos de uso o daños; d) los bienes devueltos vayan acompañados de los documentos originales con los que fueron entregados al Comprador; e) los bienes o sus componentes no hayan sido objeto de un pedido especial del Comprador (pedido inusual). |
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8. GARANTÍAS POR DEFECTOS |
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1. El Vendedor concede una garantía sobre los bienes vendidos, en los términos establecidos detalladamente en la Tarjeta de garantía. |
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2. La responsabilidad del Vendedor en virtud de la garantía legal por defectos físicos y jurídicos de los bienes vendidos queda completamente excluida. Por tanto, quedan excluidos los derechos y plazos derivados de la garantía legal, en particular el derecho a desistir del contrato y a solicitar la sustitución de los bienes por unos nuevos. |
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3. El Comprador solo tendrá derecho a las reclamaciones derivadas de la Tarjeta de garantía. |
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4. Queda excluida cualquier responsabilidad del Vendedor distinta de la expresamente prevista en el Contrato, las CGV y la tarjeta de garantía; en particular, el Vendedor no será responsable de los daños o pérdidas del Comprador causados por los bienes adquiridos o relacionados con ellos. Por tanto, el Vendedor no será responsable de los beneficios ni de las ganancias dejados de obtener por el Comprador en relación con los bienes, sus defectos o cualquier otro servicio del Vendedor. |
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5. Las normas para presentar y tramitar reclamaciones en virtud de la garantía se establecen en la «Tarjeta de garantía», disponible en el sitio web del Vendedor. |
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9. DISPOSICIONES FINALES |
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1. Los pedidos realizados al Vendedor se regirán por la legislación polaca, en particular por las disposiciones de la Ley de 23 de abril de 1964 (Código Civil polaco), y se interpretarán de conformidad con dichas disposiciones, salvo que las CGV establezcan lo contrario; la Convención de las Naciones Unidas de 11 de abril de 1980 sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no será aplicable a las CGV ni a los pedidos realizados al Vendedor. |
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2. Por la presente, el Vendedor se reserva el derecho de modificar estas CGV en cualquier momento, en cuyo caso, a los acuerdos ya celebrados se les aplicarán las disposiciones anteriores de las CGV. |
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3. De conformidad con el artículo 13 del Reglamento (UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), el Vendedor informa de que: |
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1) Fortador K.A. Traczyńscy Spółka jawna, con domicilio social en Sękocin Stary (dirección: Al. Krakowska 108, Sękocin Stary 05‑090), es el responsable del tratamiento de los datos personales; 2) datos de contacto del Delegado de Protección de Datos: info@fortador.com. 3) sus datos personales se tratan con el fin de ejecutar el contrato con el Comprador, de conformidad con el artículo 6(1)(b) del Reglamento General de Protección de Datos de 27 de abril de 2016; 4) los destinatarios de sus datos personales serán las entidades y personas que participen en la preparación para el cumplimiento, así como en el cumplimiento y la liquidación del contrato; 5) sus datos personales se conservarán durante un período de 6 años después de finalizar la relación de cooperación; 6) tiene derecho a solicitar al Responsable del tratamiento el acceso a los datos personales, así como su rectificación o la limitación de su tratamiento; 7) tras la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos de 27 de abril de 2016, tiene derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control, es decir, la Oficina de Protección de Datos Personales; 8) facilitar los datos personales es voluntario; sin embargo, negarse a facilitarlos puede dar lugar a la negativa a celebrar un contrato con el Comprador (es decir, facilitar los datos es una condición para celebrar un contrato con el Comprador). |
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4. El Vendedor ejercerá la diligencia debida para tratar todos los datos personales con la finalidad para la que fueron recopilados y utilizarlos de conformidad con el alcance de los consentimientos otorgados y las áreas de tratamiento permitidas por la ley. |
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5. Las partes procurarán resolver amistosamente cualquier posible controversia que surja de la venta o esté relacionada con ella y/o con la interpretación de estas CGV. |
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6. Si alguna disposición de las CGV es declarada inválida o ineficaz única y exclusivamente mediante una resolución judicial firme y jurídicamente válida, o como resultado de futuras acciones legislativas o administrativas de las autoridades polacas, las demás disposiciones de las CGV seguirán siendo válidas y eficaces. |
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7. Salvo que las partes acuerden lo contrario, el lugar de cumplimiento del contrato será el domicilio social del Vendedor. |
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8. Cualquier controversia que surja de estas CGV o del contrato estará sujeta a la jurisdicción exclusiva de los tribunales polacos. Si no se alcanza una solución amistosa para una controversia determinada, cualquier controversia será resuelta por el tribunal competente para el Comprador. |
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9. Si el Comprador es una entidad de fuera de Polonia, en caso de duda sobre la interpretación, prevalecerá la versión polaca de las CGV. |
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10. Estas CGV se aplicarán a los contratos de compraventa celebrados a partir del 16.10.2019. |
